lunes, 3 de marzo de 2008

Guardia Civil

Tras la reciente reforma operada por el Real Decreto 991/2006, de 8 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, se crea una única Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, encabezando a esta una Dirección Adjunta Operativa

Estructura de Organización de la Guardia Civil:

Dirección General de la Policía y la Guardia Civil
Dirección Adjunta Operativa Dirección General de Personal Dirección General de Apoyo
Jefatura de Unidades Especiales y Reserva Jefatura de Personal Jefatura de los Servicios de Apoyo
Jefatura de Información y Policía Judicial Jefatura de Enseñanza Jefatura de los Servicios Técnicos
Jefatura Fiscal y de Fronteras Jefatura de Asistencia al Personal Jefatura de Asuntos Economicos
Jefatura de la Agrupación de Trafico Secretaria Permanente de Clasificación y Evaluación
Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza Servicio de Asuntos Generales
Intervención Central de Armas y Explosivos Servicios de Asuntos Internos
17 Zonas y Comandancias de Ceuta y Melilla

Servicio de Estudios Históricos

Dirección General de la Guardia Civil.

1. La Dirección General de la Guardia Civil es el órgano del Ministerio del Interior, integrado en la Secretaría de Estado de Seguridad, encargado de la ordenación, dirección, coordinación y ejecución de las misiones que al Cuerpo de la Guardia Civil le encomienden las disposiciones vigentes, de acuerdo con las directrices y órdenes emanadas de los Ministros del Interior y de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

2. Corresponde al Director General de la Guardia Civil el mando directo del Cuerpo de la Guardia Civil, ostentar su representación y ejercer las atribuciones del artículo 18 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, respecto de los asuntos que constituyen el ámbito material de su competencia.

3. En particular, le corresponden al Director General:

a) Dirigir las funciones que la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y las demás disposiciones vigentes asignan a la Guardia Civil, y especialmente:

1.º Dirigir, impulsar y coordinar el servicio de las Unidades de la Guardia Civil.
2.º Organizar y distribuir territorialmente las Unidades de la Guardia Civil.
3.º Proponer al Secretario de Estado de Seguridad los planes y proyectos de actuación operativa de la Guardia Civil.
4.º Relacionarse directamente con las autoridades administrativas, organismos y entidades públicas o privadas, en lo referente al funcionamiento de los servicios operativos de la Guardia Civil.
5.º Obtener, centralizar, analizar, valorar y difundir la información necesaria para el desarrollo de sus misiones, así como el establecimiento y mantenimiento del enlace y coordinación con otros órganos de información nacionales y extranjeros, de conformidad con los criterios que al respecto establezca la Secretaría de Estado de Seguridad.
6.º Llevar a cabo los cometidos que las disposiciones reguladoras del Ministerio de Defensa le encomienden en cuanto al cumplimiento de misiones de carácter militar en la Guardia Civil

b) Ejecutar la política de personal y educativa de la Guardia Civil.
c) Ejecutar la política de recursos materiales y económicos asignados a la Guardia Civil para la realización del servicio, así como proponer a la Secretaría de Estado de Seguridad las necesidades en relación con dichos recursos.
d) Cumplir las funciones que le atribuye la legislación vigente en materia de armas y explosivos.
e) La adquisición de los equipos de transmisión, equipos de tratamiento autónomo de la información, armamento, medios de automoción, helicópteros, naves, uniformes y en general de los medios materiales precisos para la realización de los cometidos propios de la Dirección General de la Guardia Civil.
f) En el ejercicio de sus competencias, y en relación con la extranjería e inmigración, actuará en coordinación con el Delegado del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración.
g) En general, ejercer todas aquellas funciones y competencias que le atribuya la legislación vigente o que le fueran delegadas.

4. Se encuentran adscritos a la Dirección General de la Guardia Civil el Consejo Superior de la Guardia Civil y el Consejo Asesor de Personal, con la composición y funciones determinadas para cada uno por la normativa vigente.

5. Del Director General de la Guardia Civil dependen las siguientes Órganos con rango de Subdirección General:

a) Subdirección General de Operaciones.
b) Subdirección General de Personal.
c) Subdirección General de Apoyo.

La Subdirección General de Operaciones

A cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la dirección, impulso y coordinación del servicio de las Unidades de la Guardia Civil. Del Subdirector General de Operaciones dependen las siguientes Unidades:

a) Estado Mayor, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el principal órgano auxiliar de mando del Subdirector General de Operaciones, responsable de proporcionar los elementos de juicio necesarios para fundamentar sus decisiones, traducir éstas en órdenes y velar por su cumplimiento, centrando su actividad sobre la planificación operativa.
b) Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde dirigir, coordinar y controlar las Unidades y Jefaturas de Servicios de ella dependientes.
c) Jefatura de Información y Policía Judicial, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo,a la que corresponde organizar y gestionar la obtención, recepción, tratamiento, análisis y difusión de la información de interés para el orden y la seguridad pública en el ámbito de las funciones propias de la Guardia Civil y la utilización operativa de la información, especialmente en materia antiterrorista en el ámbito nacional e internacional; así como organizar y gestionar la investigación y persecución de los delitos y faltas y desarrollar los servicios de criminalística, identificación, analítica e investigación técnica.
d) Jefatura Fiscal y de Fronteras, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde organizar y gestionar el resguardo fiscal del Estado, las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando, el narcotráfico y demás tráficos ilícitos, la custodia y vigilancia de las costas, fronteras, puertos, aeropuertos y mar territorial, y, en este ámbito, el control de la inmigración irregular.
e) Jefatura de la Agrupación de Tráfico, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde, como unidad especializada en materia de tráfico, seguridad vial y transporte, organizar y gestionar todo lo relativo al ejercicio de las funciones encomendadas a la Guardia Civil por la normativa vigente.
f) Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde organizar y gestionar todo lo relativo con el cumplimiento de las disposiciones relacionadas con la conservación de la naturaleza y medio ambiente, los espacios protegidos, los recursos hidráulicos, la caza y pesca, el patrimonio histórico y la ordenación del territorio.

La Subdirección General de Personal

A cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la dirección y coordinación del desarrollo de la política de personal. Del Subdirector General de Personal dependen las siguientes Unidades:

a) Jefatura de Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde la organización y gestión de todo lo relativo al régimen de ascensos, destinos, situaciones administrativas y régimen disciplinario del Cuerpo de la Guardia Civil.
b) Jefatura de Enseñanza, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde la organización y gestión de la selección y capacitación del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, así como del desarrollo de las actividades técnico docentes de formación, perfeccionamiento y especialización de dicho personal.
c) Jefatura de Asistencia al Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil, a la que corresponde la organización y gestión de la acción social y la asistencia sanitaria y psicológica al personal destinado en la Dirección General de la Guardia Civil.
d) Secretaría Permanente para la Clasificación y Evaluación, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil, tiene por misión facilitar la labor de los órganos de evaluación, para lo cual aportará la documentación de los miembros a evaluar y adoptará las medidas necesarias para el buen fin de la evaluación, así como el mantenimiento, custodia y reserva de dichos documentos.

La Subdirección General de Apoyo

A cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la dirección, coordinación y gestión de los recursos financieros y del desarrollo de la política de recursos materiales. Del Subdirector General de Apoyo dependen las siguientes Unidades:

a) Jefatura de los Servicios de Apoyo, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde la gestión, control y mantenimiento de los medios materiales asignados al Cuerpo de la Guardia Civil para la realización del servicio, en particular, del material móvil, armamento e infraestructuras.
b) Jefatura de Servicios Técnicos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde la gestión, control y mantenimiento operativo de los equipos informáticos, de telecomunicaciones y equipos especiales asignados a la Guardia Civil, así como la investigación y desarrollo tecnológico de recursos materiales de aplicación a la actividad de dicho Cuerpo.
c) Jefatura de Asuntos Económicos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde realizar las actividades relacionadas con la administración y coordinación de los recursos financieros.

9. La organización periférica de la Guardia Civil estará constituida por las Zonas, las Comandancias, las Compañías y los Puestos.
Los mandos de las Zonas podrán asumir la jefatura de la Comandancia correspondiente a la capital de provincia en que aquéllas tengan su sede.

10. Las sustituciones del Director General de la Guardia Civil, con carácter interino o accidental, así como en el ejercicio de la potestad sancionadora que le atribuye la legislación vigente sobre régimen disciplinario del Cuerpo de la Guardia Civil, se efectuarán, salvo designación expresa, entre los titulares de las Subdirecciones Generales, según el orden en que son relacionados en el apartado 5 del presente artículo.

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