viernes, 19 de junio de 2009

ETA asesina a un inspector de la lucha antiterrorista

La banda terrorista ETA ha matado con una bomba lapa a Eduardo Antonio Puelles García, inspector de la brigada de información de la policía nacional dedicado a la lucha antiterrorista. El agente, que prestaba servicio en la comisaría de Indautxu (Bilbao), tenía 49 años y era natural de Barakaldo(Vizcaya). Ingresó en 1982 en el Cuerpo Nacional de Policía y ascendió a inspector jefe en 2002.
La detonación, que ha tenido lugar pasadas las 9.00 horas, se ha producido en un vehículo que estaba en un aparcamiento de superficie en la calle de Santa Isabel, en el municipio vizcaíno de Arrigorriaga, según la Consejería de Interior del Gobierno vasco. La víctima quedó calcinada en el interior del coche.
La bomba estaba compuesta por entre kilo y medio y dos kilos de explosivo y colocada junto al depósito de combustible del coche del agente.
La viuda de Puelles sufrió una crisis de ansiedad al llegar al lugar de la explosión y ha tenido que ser trasladada, junto a sus dos hijos, al Hospital de Basurto. Se da la circunstancia además de que un hermano del fallecido es 'ertzaina'.
La explosión, un estruendo seco, según los vecinos, ha provocado un incendio, que ya ha sido sofocado por los bomberos y que ha afectado a cinco vehículos.
Sergio, un vecino de Arrigorriaga, se ha despertado con la explosión. Un compañero le llamó para que cambiase el coche de sitio: "He visto una señora agobiada y se ha visto una explosión. Dicen que había una persona dentro del coche", declaró Sergio a CNN+. "Ahora mismo se ven bastantes coches de la Ertzaintza, bomberos y de la prensa. Hay mucha aglomeración. Han cortado la calle y no se puede pasar", contaba minutos después del atentado.
Condena del 'lehendakari'
El lehendakari Patxi López ha hecho una "condena rotunda" del atentado que, según ha dicho, una vez más ha acabado con "la vida de un trabajador del pueblo, cuyo único delito ha sido esforzarse por garantizar la libertad". Asimismo, ha animado a los ciudadanos a sumarse a los actos y manifestacaiones que se van a convocar.
López ha suspendido su agenda prevista para hoy y se ha reunido tras conocer lo ocurrido con su consejero de Interior Rodolfo Ares. El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, que se encuentra en Bruselas, ya ha contactado con López para conocer todos los detalles del atentado.
El Parlamento vasco ha celebrado un Pleno extraordinario en el que se ha guardado un minuto de silencio en memoria de Eduardo Puelles, la primera víctima mortal de ETA desde que Patxi López es lehendakari.
Asimismo, la Cámara ha aprobado por unanimidad un escrito con tres puntos: el rechazo frontal a ETA, la solidaridad con la familia de la víctima y el llamamiento a la ciudadanía vasca a sumarse a los actos de repulsa previstos para mañana sábado.
El último atentado de la banda terrorista fue en diciembre, cuando mataron en Azpeitia al empresario Inaxio Uria, vinculado al proyecto de la 'Y vasca' .

Fuente: El Mundo.-

lunes, 15 de junio de 2009

Mossos y Policía desarticulan una red internacional de tráfico de cocaína

Los Mossos d'Esquadra y la Policía Nacional desarticularon una red internacional dedicada a la distribución de euros falsos y a la introducción de cocaína en España, según informaron fuentes policiales.

En la operación, bautizada como 'Venus-Pesquero', se han detenido a 21 integrantes de la red, entre ellos sus máximos responsables y de los que 14 ya han ingresado en prisión, y se han incautado 31 kilogramos de cocaína y 360.000 euros en efectivo.

La investigación se inició por un delito de falsificación de moneda al detectarse una gran cantidad de billetes falsos de 20 y 50 euros y, posteriormente, los agentes tuvieron conocimiento de que la banda planificaba la entrada de un contenedor cargado de cocaína en algún puerto de España.

En la investigación se determinó que la organización estaba formada por diferentes grupos que se habían fusionado para poder crear una vía de entrada de cocaína, repartiéndose los trabajos y aprovechando la infraestructura de cada una de ellos.

A principios de mayo de 2008, la banda intentó introducir varios contenedores cargados con unos 600 kilos de cocaína en Vigo procedentes del puerto de Montevideo, escondida en cajas de pescado congelado.

Al detectar que miembros de la organización se dirigían a Galicia, los agentes se desplazaron a Vigo, pero la policía uruguaya desbarató la operación en Montevideo en la operación 'Cancerbero I', que se saldó con la detención de 21 personas y la aprehensión de 319 kilos de cocaína.

En noviembre de 2008, la misma organización intentó enviar 124 kilogramos de cocaína oculta en redes de pesca, pero fue nuevamente interceptada en el puerto de origen, con el arresto de 12 personas, dos de ellas españolas en la 'Operación Cancerbero II'.

En noviembre, los agentes interceptaron dos kilogramos de cocaína en Badalona, cuando la trasladaban hacia Girona, deteniendo al transportista, y en diciembre, arrestaron en Barcelona a uno de los principales investigados, cuando intentaba comprar una partida de cocaína a unos ciudadanos uruguayos.

En esta ocasión se intervinieron 12 kilos de cocaína, un subfusil del 22 con mirilla láser y silenciador, dinero en efectivo y diversos vehículos de lujo.

Diversos miembros de la organización intentaron realizar diversos envíos de cocaína desde Sudamérica, siendo detenido en enero en Lisboa un integrante que intentó transportar 2 kilos de cocaína envuelos en toallas, y otros cuatro en abril en Palma de Mallorca cuando viajaron desde Blanes para comprar una partida de cocaína.

Se intervinieron 15 kilogramos de cocaína y se realizó el operativo policial para detener al resto de miembros de la organización ubicados en Blanes, Lloret, Granollers y Palamós, donde se encontraron los instrumentos para falsificar euros.

Finalmente, a principios de junio se detuvo en Barcelona y Ripollet a los últimos tres integrantes de la organización cuando intentaban vender una partida de cocaína.

En la operación se realizaron un total de 13 entradas y registros en Canyelles, Lloret de Mar, Blanes, Barcelona, Granollers, Palma de Mallorca, Calonge y Palamós.


Fuente: El Mundo.-

Rubalcaba: ETA quería dar 'un golpe psicológico' para 'elevar la moral'

ETA pretendía dar "un golpe psicológico". Así ha analizado el ministro del Interior el plan de fuga frustrado este sábado por la Guardia Civil en una cárcel de Huelva, de donde la organización terrorista pretendía sacar al etarra que intentó matar al Rey. Alfredo Pérez Rubalcaba apuntó que ETA pretendía elevar la "moral de su tropa", mermada por los últimas actuaciones policiales.
Rubalcaba afirmó que en un contexto en el que ETA "está pasando un mal momento" una fuga como la que tenía planeada en la cárcel de Huelva tiene un "factor psicológico elemental". "Creo que ETA además de liberar a dos pistoleros, intentaba elevar la moral de su tropa", subrayó en declaraciones a RNE.
Según afirmó, el "entorno político" de la banda terrorista está "en pleno debate" puesto que, a su entender, "cuantos más éxitos tiene la Policía, la Guardia Civil y la Policía francesa, tanto menos sentido tiene la lucha armada".
Dicho esto, felicitó a la Guardia Civil por una operación "brillante" y que ha permitido explicar otros asuntos y despejar algunas dudas, puesto que la investigación tiene su origen en algunos sucesos que tuvieron lugar en 2007, cuando se apuntaba a una conexión del comando Vizcaya con Portugal.
En este sentido, relacionó el plan de fuga con la aparición en los últimos años de varios coches que ETA había robado en Portugal y sugirió que el robo de estos vehículos podía estar relacionado con el intento de fuga de la cárcel de Huelva.
Rubalcaba indicó que además en esta operación se ha tenido en cuenta información encontrada en Francia en las últimas detenciones y que ha permitido asegurar que "lo intentaron en 2007", que "lo volvieron a intentar en 2008" y que "de acuerdo con las informaciones" de las que se dispone "el plan seguía activo". "Contamos con la información suficiente de que esto se iba a intentar", afirmó.
Dicho esto, el titular de Interior subrayó que esta operación llega después de otra que hizo la Policía, cuando se detuvo al etarra Jurdan Martitegi, "que era el primer encargado de hacer este secuestro". "Estamos más encima que nunca", subrayó Rubalcaba, aunque admitió que no hay que olvidar la "capacidad de matar" de la banda terrorista.

Fuente: El Mundo.-

ETA asume la autoría de cinco atentados

La banda terrorista ETA reivindicó la autoría de cinco atentados, ninguno de ellos con víctimas, perpetrados entre enero y mayo de 2009. En concreto, se refiere al coche-bomba en el Campo de las Naciones de Madrid, el ataque contra la sede del PSE en Lazkao y la colocación de tres artefactos en Hernani, Zornotza y Guriezo.
En un comunicado remitido al diario 'Gara', ETA se refiere al coche-bomba con el que los terroristas atentaron en el Campo de las Naciones de Madrid el pasado 9 de febrero, horas después de que el Tribunal Supremo decidiera anular las candidaturas a las elecciones vascas de las formaciones 'abertzales' D3M y Askatasuna.
Según la organización terrorista, este atentado que provocó daños materiales en varios edificios y en el mobiliario urbano estaba dirigido contra la empresa Ferrovial, a la que señala por su "responsabilidad contraída por sus trabajos en el Tren de Alta Velocidad que Madrid está llevando a cabo para incidir en la partición y destrucción de Euskal Herria por medio del cemento".
También se refiere al ataque contra la sede del PSE en Lazkao del 23 de febrero, provocando daños en varias viviendas cercanas en un atentado contra "los partidos fascistas españoles".
Otros tres artefactos menores
La banda terrorista reivindica asimismo la colocación de otros tres artefactos explosivos, el primero de ellos en el monte de Santa Bárbara de Hernani y en el que reconocen que tenían a los artificieros de la Ertzaintza como objetivo principal.
Por último, se refieren a la colocación de un artefacto en un chalet de un empresario de Zornotza por desatender las exigencias terroristas en lo referente a la extorsión económica y otro junto al repetidor del Alto de la Granja, en Guriezo.

Fuente: El Mundo.-

miércoles, 27 de mayo de 2009

Desmantelada una red que traficaba con armas en un lavadero de coches

La Policía Nacional ha desmantelado una banda de traficantes de armas y de drogas en una operación en la que ha detenido a 23 personas en diferentes provincias, ha realizado ocho registros y ha intervenido 19 pistolas de procedencia turca listas para su venta en el mercado negro.

En el dispositivo ha sido necesaria la colaboración del GEO (Grupo Especial de Operaciones) de la Policía Nacional, debido a la peligrosidad de los detenidos.

La red utilizaba un lavadero de coches, propiedad de uno de los detenidos, como "tapadera" del negocio. Aprovechaban el túnel de lavado para hacer las transacciones e introducir las armas en los maleteros de los coches de los compradores mientras los limpiaban.

Según ha informado la Policía, a principios del año 2008, tras recibir varias informaciones desde Bulgaria, se tuvo conocimiento de que diferentes personas afincadas en Denia (Alicante) podían estar suministrando armas de fuego a grupos criminales asentados en la Comunidad Valenciana y otras zonas costeras.

Los agentes identificaron en Alicante a varios miembros de la organización y a otros integrantes de la red afincados en la Costa del Sol. También en la provincia de Málaga, los investigadores dieron con el paradero del encargado de mediar entre los suministradores de las pistolas en Bulgaria y los compradores de estas armas en España, propietario del lavadero de vehículos y responsable además de otra banda dedicada al tráfico de drogas.

El detenido utilizaba los ingresos obtenidos con la venta de la droga para pagar las armas que importaba desde Bulgaria y que posteriormente vendía a otros grupos criminales dedicados también al narcotráfico y a los asaltos en viviendas.

En los registros realizados los agentes han hallado útiles para los robos y varios inhibidores de frecuencia, empleados para inutilizar las alarmas de las casas, y que también habían sido proporcionados por el traficante de armas y propietario del lavadero de vehículos.

Entre los efectos intervenidos figuran 19 pistolas marca "Zoraki", cartuchos del 9 mm. parabellum, dos cartucheras, un rifle de aire comprimido, una pistola detonadora, casi dos kilos de hachís, 77.355 euros en efectivo y cinco vehículos.


Fuente: El Mundo.-

lunes, 25 de mayo de 2009

Aprendizaje de las técnicas de inteligencia criminal - La Inteligencia Criminal

La Inteligencia Criminal, con sus técnicas del Ciclo de Actividades, Procedimientos de Reunión de Información, Plan de Reunión de Información, el Análisis e Integración de la Información, Uso y Difusión de la Inteligencia y el montaje de las Operaciones de Inteligencia, son el método que propone la investigación de las actividades delictivas a través de pasos establecidos que lo convierten en un sistema estructurado y científico de investigación, constituyéndose en la única herramienta para optimizar la Prevención y Represión de los ilícitos penales.-

Los políticos que promueven "reformas", en las Instituciones Policiales -restándoles absoluto valor a los Institutos de Formación Policial, ignorando el nivel de calidad que estos han alcanzado-, deben extremar las precauciones para que éstas no introduzcan en la formación de sus Cuadros, planes "teorizantes productos de laboratorio, de utópicos e ilusorios resultados, inconexos y alejados totalmente de la realidad, en lo que respecta a la investigación de los delitos", en este aspecto se requiere la transferencia de conocimientos adquiridos en la práctica y el mundo verdadero, auténtico de la lucha contra la delincuencia, basados en sólidos conceptos de respeto por la norma procesal, tal cual se pretende en la instrucción de la INTELIGENCIA CRIMINAL, en la que estoy involucrado.-

Estos Seminarios y Cursos Intensivos de Inteligencia Criminal, son los planes y metodologías de instrucción TER -Transferencia de Experiencias Relacionadas-, contenidas en un "Pack de Instrucción", que se pretende dictar en la Instituciones contratantes (Pulse el botón Seminarios y Cursos Intensivos ), transmitiendo conocimientos -"no teorías"- adquiridos a través de los años, validados en la substanciación exitosa de las Prevenciones Sumarias y están dirigidos a profesionalizar al Policía investigador del Crimen, convirtiéndolo en un eficiente Auxiliar de la Justicia.-


ACTIVIDADES DELICTIVAS POSIBLES DE EXPLORAR
MEDIANTE LA TÉCNICA DE INTELIGENCIA CRIMINAL

Cuando más de dos personas se ponen de acuerdo para delinquir, conforman lo que el Código Penal tipifica como una Asociación Ilícita, en síntesis una Organización Criminal.-

En la actualidad, cuando tenemos conocimientos a través de los medios de comunicación, de Robos Agravados cometidos por bandas organizadas, contra Personas, Empresas, Instituciones Bancarias, Transportadoras de Caudales, etc., podemos fácilmente detectar características que le son comunes a todos ellos; a - ) Alta preparación Táctica Operativa, b- ) Tremendamente eficaces, con un conocimiento profundo del lugar en que cometen el ilícito, c - ) Una capacidad logística impresionante, en lo que respecta a comunicaciones, medios, armamentos etc.-

Conseguir estos resultados en la preparación y ejecución de estos hechos delictivos, obligará a los delincuentes a desarrollar una serie de reuniones, en la que intervendrán varios de los integrantes de la banda, con el objeto de organizarse, analizar e integrar la información que reúnen sobre la víctima, habrán explorado aspectos variados que abarcará desde los sistemas de seguridad electrónicos a los humanos, Policías o Vigilantes Privados, horarios de relevos, cantidades de personal, clientela, debilidades y fortalezas de los objetivos físicos, y un largo etc. , para coordinar los esfuerzos tácticos, de medios logísticos, armamentos, etc.- no se asombren, realizan tareas previas de inteligencia, rudimentarias pero en varios niveles, que les convierten en tremendamente eficaces al momento de cometer el hecho -, y seguramente, en horas de la noche - propio de las conductas de los marginales - , visitarán "Wiskerías", "Protíbulos", actividades que sumadas, conformarán un rico banco de información sobre la organización, hechos que planifican o que han cometido, identidad o características por los cuales pueden ser identificados.-

Los Policías o miembros de otras instituciones, que como el autor de esta Obra, pasaron mas de la mitad de su vida estudiando, investigando y previniendo las conductas criminales, saben, que una de las características principales de los marginales, cuando han consumido alcohol y se encuentran en compañía de "prostitutas", o en "aguantaderos", tienden a "confesarse" con las primeras, o con quienes sean su oyentes que la facilitan el "canuto", fundamentalmente con el ánimo de impresionarlos, o aparecer como los "grandes delincuentes", e increíblemente cuentan hasta los delitos que planifican, los que realizaron, incluso asumen autorías de los que no son responsables.-

Estas reuniones y actividades de los marginales, son las que se pueden detectar y explorar mediante, Tareas de Inteligencia, para lo que es necesario contar con personal altamente capacitado, lo que requiere una masificación de la instrucción en Inteligencia Criminal, para contar con un ELMT de investigaciones, en cada una de las Comisarías y Unidades Operativas Policiales, optimizando la capacidad de Reunión de Información, aprovechando fundamentalmente el despliegue territorial de las Policías Provinciales.-

Ciertamente, será necesario instruir masivamente al personal de Oficiales y Suboficiales, en las técnicas de Inteligencia Criminal, con el necesario direccionamiento de los niveles de esta instrucción, para capacitar, a los primeros, en las funciones del Órgano de Dirección y a los Suboficiales y Agentes como Medios de Reunión, elementos que constituirán la Fuerza de Ejecución de una Unidad Operativa, que será en definitiva la única posibilidad que existe de Prevenir el Crimen Organizado.-


ASPECTOS INSTITUCIONALES

Las Técnicas de Investigación del Crimen Organizado que conforman el sistema denominado Inteligencia Criminal, cuya difusión pretendo a través de la Obra Titulada Manual Práctico, apoyo de los Cursos y Seminarios Intensivos, dotará al camarada investigador del crimen organizado, del necesario conocimiento que optimizará la producción e incorporación de la prueba en los delitos de jurisdicción Penal Federal, tales como el Narcotráfico, el Contrabando, el Robo de Automotores, etc., como norma procesal para instruir las Prevenciones Sumarias, deberán intervenir, Policías, Funcionarios Aduaneros como Auxiliares de la Justicia y los Fiscales del Crimen, en el marco de las disposiciones del citado CPPN; también será de aplicación en los delitos comunes, donde los Códigos Procésales Penales Provinciales, en consonancia con el CPPN, otorgue facultades a las respectivas Policías para investigar por iniciativa propia, los ilícitos que le lleguen a su conocimiento, o cumplir las funciones de Auxiliares de la Justicia.-
Instruir las respectivas Prevenciones Sumarias, que darán lugar a la Instrucción Penal, requerirá un irrestricto respeto a la citada norma procesal y el Manual Práctico de Inteligencia Criminal, dotará al Policía o Funcionario Investigador del Crimen Organizado, del conocimiento de las Técnicas de Investigación Policial y su encuadramiento en el marco jurídico -no podía ser de otra manera-, que dará vigencia legal a todas estas actividades de Investigaciones preliminares - esto es, Tareas de Inteligencia -, ejecutadas para aportar los elementos o pruebas indiciarias que otorguen identidad delictiva al hecho investigado.-

Las Policías donde sufrieron "reestructuraciones políticas", mantienen sus estructuras orgánicas intactas, es decir un Sub Jefe de Policía, que es el Comandante natural de la Fuerza, asistido por una Plana Mayor, que son los Jefes de las Direcciones.- Estas estructuras, son las respuestas Políticas Institucionales, generadas a través del Convenio Policial, para enfrentar el crecimiento del delito en el territorio nacional, así nacieron Unidades Operativas, como Robos y Hurtos, Seguridad Personal, Defraudaciones y Estafas, Toxicomanía, etc., que aún las hacen eficientes, aquí no hubo lugar para "Planes generados por iluminados de la teoría" y los resultados están a la vista.-

Con el paso del tiempo, en delitos tan especializados como el Narcotráfico, las Instituciones Policiales cedieron el liderazgo en la formación de sus cuadros y comenzaron a depender de la Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico, Presidencia de la Nación, que instauró "Cursos de Especialistas", donde es notable observar los errores deslizados en esta instrucción, que van desde el uso de Material de Estudio inadecuado, Manual proveniente de GN, y por ende escrito para los cuadros orgánicos de la especialidad de esa Fuerza, estrechamente ligado a la Inteligencia Militar, incomprensible para la mayoría de los Policías no especialistas en Inteligencia.-

Por ejemplo, omite enseñar la separación lógica que debe existir en la preparación de los Oficiales, los con facultades, por su grado, para dirigir el Órgano de Dirección y una Especialización de los funcionarios que serán los Medios de Reunión, tampoco se enseña a los cursantes, que los "4 pasos del Ciclo de Inteligencia", se materializan a través de una Fuerza de Ejecución, constituida por los dos elementos mencionados, el OD y los MR, que sus funciones son especificas y estancas entre si, para asegurar la Disciplina del Secreto y delimitar sectores de responsabilidad, asegurando investigaciones transparentes, libres de subjetividades; tampoco existe un criterio para determinar el perfil que debieran poseer los convocados a realizar estos "Cursos", si esto existiera, no encontraríamos simples Oficiales de Campo, recibiendo instrucción sobre la investigación de delitos conexos, como el "Lavado de Dinero proveniente del Narcotráfico" y sí hallaríamos a Oficiales, Contadores Públicos y profesionales de otras carreras afines, que las Instituciones Policiales tienen en sus cuadros del Escalafón Profesional, que sin duda rápidamente asimilarían este complejo aspecto del delito; además, si el direccionamiento en la enseñanza fuera el correcto, tampoco contaríamos con Oficiales Cursantes, de Fuerzas, donde en la formación de sus cuadros no tienen - por ser otra sus especialidades - la inclusión de materias de Derecho, Penal, Procesal, etc., necesario conocimiento a los fines de la instrucción de las Prevenciones Sumarias.--

Consecuencia de estos errores es común observar que los MR, de una División o Sección de Toxicomanía Provincial, confundidos totalmente, creen que pueden y deben realizar el Ciclo completo de Inteligencia, así veremos que Oficiales Subalternos, reciben la información, realizan la investigación reuniendo información - que sí es su tarea específica -, la integran y analizan - función exclusiva del OD -, con lo cual, al no estar definidas ni delimitadas las funciones, deslizan subjetividades en sus informes, viciando de nulidad - la mayoría de las veces, todo lo actuado -, además se pierde el control de la Disciplina del Secreto, y así, asistimos a la exposición pública de investigaciones resonantes, pero por sus fracasos, con Funcionarios Policiales y Judiciales procesados, y, con un daño colateral impensable, que es el descreimiento de la ciudadanía por las Instituciones y especialmente por las Actividades de Inteligencia.-
Además, el convocar estos Cursos a uno o dos Policías por Provincia, la Secretaría de Narcotráfico ha generado un grave resultado espurio, limitar totalmente la investigación del Tráfico de Estupefacientes, ¡ Si, en efecto !, es fácilmente comprobable que Dependencias Policiales alejadas de las Ciudades Capitales Provinciales, por desconocimiento, creen que únicamente los "especialistas de las Secciones de Toxicomanías", pueden llevar a cabo estas investigaciones, tornando campo fértil estas jurisdicciones a los traficantes de Drogas, ya que estos minúsculos grupos de policías "expertos", materialmente no pueden cubrir sus territorios Provinciales.-

Nunca, se les enseñó a los futuros investigadores del delito organizado, como montar una Operación de Inteligencia Criminal, que permita encuadrar todas las actividades de investigación en el marco de las disposiciones del CPPN, como investigaciones preliminares, probatorias y cautelares, con absoluta prescindencia del sujeto investigado y que de lugar a la Prevención Sumaria, la que además, consignará, fechas, horas, fuentes de la información y personal que intervino para producir los diversos aspectos de la investigación en la Reunión de Información para producir la prueba, con lo que los funcionarios involucrados, probar fehacientemente, que no es una causa "armada o inventada", o motivada por Oscuros "intereses", y dejarán de ser expuestos ante la opinión publica, como "ineptos", o más grave aún, como "corruptos".-
¿ Aplicar el conocimiento contenido en el Manual Práctico de Inteligencia Criminal, cuando, en su carácter de Auxiliares de la Justicia, investigan un ilícito penal, realizando Actividades de Inteligencia, para aportar las pruebas en las condiciones que la Ley exige, viola o infiere una desobediencia a la cadena de mandos ?

¡ No, no se puede violar, ni desobedecer algo que nunca ha sido estipulado ni enseñado !, La Inteligencia Criminal es un Método de investigación estructurado con irrestricto respeto a las normas procesales; si bien es obvia la dependencia administrativa operativa, en el caso de los Policías y miembros de las FSSS, a través de la cadena de Mandos de su Institución; cuando se investiga un delito, prevalecerá la potestad administrativa que ejercerá el Magistrado que entiende en la Causa, de quien se depende en todo lo relacionado a ésta, e inter dure la investigación del ilícito penal, que LE EXIGIRÁ, que en su calidad de Auxiliar de la Justicia, produzca e incorpore la prueba en las condiciones que la Ley exige, y que todas las actividades de investigación que realice, las ejecute con un irrestricto respeto a la norma procesal vigente, sopena de asumir las responsabilidades penales
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ERRORES CONCEPTUALES SOBRE INTELIGENCIA CRIMINAL

El crecimiento del índice delictivo, fundamentalmente el crimen organizado, que curiosamente se observa acentuado en venezuela que sufrieron "reformas políticas" en sus instituciones Policiales, han hecho florecer a los "especialistas en temas de Inteligencia Criminal", encontrando por doquier "teorizantes administrativos y hasta civiles, autores de comentarios a los medios de comunicación y asesores de los estamentos políticos", que apuntan al fortalecimiento de la policía científica, como solución de este grave problema, también están los que escucharon, o los mas audaces y descarados que accedieron al contenido de ésta página, afirman que la Inteligencia Criminal es la solución -lo que no es errado, e ignorando los Derechos de la Propiedad Intelectual- se arrogan ese conocimiento y confunden -en su incapacidad- lastimosamente a esta Técnica Policial de Investigación, con la llevada a cabo en los laboratorios Policiales, llamada Criminalística.-

Así asistimos a un triste festival de "Proyectos, basados en estas erradas teorías", que hacen circular en los medios de comunicación y acercan a los estamentos políticos con poder de decisión, donde lamentablemente por desconocimiento son escuchados, generándose un mayor desconcierto con respecto al verdadero valor de la Inteligencia Criminal como método de investigación de las actividades criminales.-

La Criminalística, es una ciencia autónoma de investigación desarrollada y ejecutadad en los laboratorios o escena del crimen, donde se levantan huellas o rastros del ilícito, o se someten los elementos vinculados al mismo, como, armas, huellas, municiones, cadáveres y un largo etc., a una investigación con rigor científico, cuya profesionalización también es muy importante, pero de ninguna forma es sinónimo de Inteligencia Criminal, en definitiva la Criminalística es una técnica de aplicación posterior a la concreción del delito y desde ninguna óptica la podemos considerar -salvo algún caso de excepción-, como un programa de prevención de la actividad criminal.-

Cuando señalo a "teorizantes administrativos o civiles", no lo hago peyorativamente, sino con el ánimo de reivindicar lo que he expresado en esta Web -la teoría, conocimiento que se considera independientemente de toda aplicación-, por ésa esencia, es inaplicable en el campo de la investigación criminal, que requiere de un método policiaco probado en las calles, convertido en eficiente, luego de muchos años de estudio, observación y represión de las conductas delictivas, cuyos resultados se han valorado en las causas penales.- Esto es la Inteligencia Criminal, la que con su sistema estructurado y científico, proveerá al investigador del delito, de la herramienta idónea para producir la prueba en las condiciones que la Ley exige, y es, definitivamente un principal recurso para la prevención de las acciones criminales.--

Esta es la propuesta de la Inteligencia Criminal, y la aparición del Manual Práctico es mi compromiso para masificar su estudio y aplicación.- Este texto, único en su tipo, refleja y pretende transmitir la experiencia del policía investigador del delito, con un irrestricto respeto a las normas procesales -no podía ser de otra forma-, en la producción e incorporación de la prueba, para optimizar la iniciación de las Prevenciones Sumarias que los Auxiliares de la Justicia, en tal carácter, deban instruir por la comisión de delitos.- Y es en definitiva, un sistema de investigación específicamente destinado a Prevenir los Ilícitos Penales.-

Pretender un sistema de investigación, basado en la "teoría" y alejado de la realidad, sería la materialización del paradigma " prueba=error=inicio", inaplicable en el campo de la investigación del delito, que generará, como lo podemos apreciar por el conocimiento publico de los fracasos de importantes investigaciones, responsabilidades que seguirán sumando Policías y Funcionarios Judiciales procesados por violar la Ley, por acción u omisión, agravando el descreimiento de la sociedad por la justicia toda.-


LA INTELIGENCIA CRIMINAL Y EL DELITO COMÚN

LA INTELIGENCIA CRIMINAL, cuyo estudio se propone, alude al Delito Organizado y a su máxima expresión que es el Narcotráfico, que puede ser investigado con Procedimientos de Reunión de Información de la Icia Criminal, para aportar el presupuesto que otorgue identidad al delito, identificación de sus Autores Cómplices, Auxiliadores y se optimicen las capacidades de secuestro de los elementos vinculados a la acción criminosa, que den lugar a la Prevención Sumaria, y por ende al Proceso Penal, con una permanente indicación de la irrestricta observancia de lo normado por la Ley. el Narcotráfico y sus Modificatorias, encuadrando las Tareas de Inteligencias propuestas en éste marco jurídico, otorgándole la validez necesaria.-

* ¿ Y, el delito común ?, el ejecutado por delincuentes que comenten ilícitos en territorios provinciales, no de instancia Penal Federal, y donde se deberá aplicar los respectivos Códigos Procesales Penales , ¿ Se pueden aplicar las Técnicas de Inteligencia Criminal en estos casos ?, sin ninguna duda que es posible, se debe razonar sobre los siguientes aspectos para poder asimilar el concepto:

* ¿ Para investigar las actividades delictivas de bandas organizadas, que comenten delitos donde es de aplicación el CPPN, la Inteligencia Criminal propone explorar el submundo marginal, en busca de elementos que nos permitiera deducir, que tales o cuales delincuentes están unidos para delinquir o forman una banda, para cometer delitos en una jurisdicción territorial determinada, que están planificando o participaron de eventos criminales ? ¡Si !.-

* ¿ Donde, la Inteligencia Criminal, nos enseñará se debe dirigir los Esfuerzo de Reunión de Información ?, a las relaciones interpersonales de los marginales investigados, entrevistas a "prostitutas", "dateros o buchones", explorando en "whiskerías", "aguantaderos", y un largo etc.?¿ Se violaría algún precepto Constitucional o Procesal para ello ? ¡ No !; precisamente, la Icia Criminal, impedirá el libre albedrío en la Reunión de Información, ya que actuando la misma, al fijarse los OB -Objetivos Básicos-, será prioridad fundamentar el porqué de esta investigación -acciones delictivas- delimitándose claramente los sectores de responsabilidad.-

Así se podrá dar probidad que esa investigación es objetiva, y obedece a la necesidad de investigar acciones criminales que se están preparando, de lo que tendrá conocimiento el Juez del Crimen con Jurisdicción, que la evaluará y permitirá, o no, se prosiga con la misma, dependiendo de la capacidad del Funcionario que la dirige, quien si esta bien entrenado en las Técnicas de Inteligencia Criminal, será exitoso a la hora producir las pruebas que darán identidad delictiva a la actividad investigada.-

* ¿ Todas las tareas serán ejecutadas con absoluta prescindencia del sujeto investigado ? ¡ Si !, y, ¿Tienen el carácter de diligencias preliminares, probatorias y cautelares ?, ¡ Si !.-
* Ahora traslademos esta situación a la investigación del delito común y por ende bajo la Jurisdicción Penal de Tribunales Ordinarios, con aplicación de los Códigos Procesales Penales.-

* ¿ Las Policías, con la pérdida de facultades que sufrieron en la mayoría de los casos, de instruir Sumarios, indagar a los posibles delincuentes, etc., también perdieron la facultad de ser Auxiliares de la Justicia ? ¡ No !

* ¿ Cuándo el Magistrado Actuante o el Fiscal de la causa, le ordena cumplimentar una medida procesal dirigida a la búsqueda de elementos de prueba para dar base a la acusación, le da directivas
operativas tácticas para ejecutarla ? ¡ Seguramente que No !.-

* ¿ El Policía investigador del delito, se expone al riesgo que conlleva integrar un grupo táctico que cumplimentará, por ejemplo un allanamiento ordenado Judicialmente, sin conocer las debilidades y fortalezas del BLANCO, las características de los moradores y sus posibles antecedentes de peligrosidad ? ¡ Sin duda que No !.-

* ¿ El Funcionario Policial designado para ejecutar la medida judicial apuntada, debe ilustrar a la Autoridad Judicial sobre los riesgos que implica una medida ejecutada en estas condiciones de precariedad ? ¡ Tiene la obligación moral de hacerlo, como así de sugerirle las diligencias técnicas y tácticas operativas - de ningún modo aspectos procesales -, para que la medida se realice en condiciones óptimas para la obtención de los elementos buscados, preservando la integridad del grupo táctico !

* Y, ¿ Cuáles serían estas sugerencias ? ¡ Sin ninguna duda serán Procedimientos de Reunión de Información, tal cual se expresan en el sistema de INTELIGENCIA CRIMINAL, los que podrán ser adaptados fácilmente, si alguno colisiona con lo normado en los respectivos Códigos Procesales, ya que todos reglan, en concordancia con el CPPN, sobre los " Poderes - Deberes " de los Auxiliares de la Justicia, cuando se refiere a las Policías y FFSS.-

* Lo único que se debe preservar, si se debe realizar alguna modificación, es el Sistema, es decir, la ejecución del Ciclo de la Inteligencia Criminal, con sus Técnicas y sus Elementos, para que no pierda su esencia como método estructurado de investigación, y sirva, en principio para cumplir con las obligaciones de Auxiliares de la Justicia y paralelamente, nos torne eficaces a la hora de producir investigaciones exitosas, salvaguardando la integridad física de los Grupos Tácticos, de los peligros que encierra la modalidad salvaje de la delincuencia de estos tiempos, como así estar preparados para demostrar que las investigaciones llevadas a cabo sobre un hecho delictuoso determinado carecen de subjetividades y no obedecen a actitudes caprichosas o fines inconfesos, como se pretende presentar a la opinión pública, cuando se fracasa en la producción de la prueba.-


La Criminalística
La Criminalística, es una ciencia autónoma de investigación desarrollada y ejecutadad en los laboratorios o escena del crimen, donde se levantan huellas o rastros del ilícito, o se someten los elementos vinculados al mismo, como, armas, huellas, municiones, cadáveres y un largo etc., a una investigación con rigor científico, cuya profesionalización también es muy importante, pero de ninguna forma es sinónimo de Inteligencia Criminal, en definitiva la Criminalística es una técnica de aplicación posterior a la concreción del delito y desde ninguna óptica la podemos considerar -salvo algún caso de excepción-, como un programa de prevención de la actividad criminal.-

Cuando señalo a "teorizantes administrativos o civiles", no lo hago peyorativamente, sino con el ánimo de reivindicar lo que he expresado en esta Web -la teoría, conocimiento que se considera independientemente de toda aplicación-, por ésa esencia, es inaplicable en el campo de la investigación criminal, que requiere de un método policiaco probado en las calles, convertido en eficiente, luego de muchos años de estudio, observación y represión de las conductas delictivas, cuyos resultados se han valorado en las causas penales.- Esto es la Inteligencia Criminal, la que con su sistema estructurado y científico, proveerá al investigador del delito, de la herramienta idónea para producir la prueba en las condiciones que la Ley exige, y es, definitivamente un principal recurso para la prevención de las acciones criminales.--

Esta es la propuesta de la Inteligencia Criminal, y la aparición del Manual Práctico es mi compromiso para masificar su estudio y aplicación.- Este texto, único en su tipo, refleja y pretende transmitir la experiencia del policía investigador del delito, con un irrestricto respeto a las normas procesales -no podía ser de otra forma-, en la producción e incorporación de la prueba, para optimizar la iniciación de las Prevenciones Sumarias que los Auxiliares de la Justicia, en tal carácter, deban instruir por la comisión de delitos.- Y es en definitiva, un sistema de investigación específicamente destinado a Prevenir los Ilícitos Penales.-

Pretender un sistema de investigación, basado en la "teoría" y alejado de la realidad, sería la materialización del paradigma " prueba=error=inicio", inaplicable en el campo de la investigación del delito, que generará, como lo podemos apreciar por el conocimiento publico de los fracasos de importantes investigaciones, responsabilidades que seguirán sumando Policías y Funcionarios Judiciales procesados por violar la Ley, por acción u omisión, agravando el descreimiento de la sociedad por la justicia toda.-



Las Técnicas de Investigación
Las Técnicas de Investigación del Crimen Organizado que conforman el sistema denominado Inteligencia Criminal, cuya difusión pretendo a través de la Obra Titulada Manual Práctico, apoyo de los Cursos y Seminarios Intensivos, dotará al camarada investigador del crimen organizado, del necesario conocimiento que optimizará la producción e incorporación de la prueba en los delitos de jurisdicción Penal Federal, tales como el Narcotráfico, el Contrabando, el Robo de Automotores, etc., como norma procesal para instruir las Prevenciones Sumarias, deberán intervenir, Policías, Funcionarios Aduaneros como Auxiliares de la Justicia y los Fiscales del Crimen, en el marco de las disposiciones del citado CPPN; también será de aplicación en los delitos comunes, donde los Códigos Procésales Penales Provinciales, en consonancia con el CPPN, otorgue facultades a las respectivas Policías para investigar por iniciativa propia, los ilícitos que le lleguen a su conocimiento, o cumplir las funciones de Auxiliares de la Justicia.-
Instruir las respectivas Prevenciones Sumarias, que darán lugar a la Instrucción Penal, requerirá un irrestricto respeto a la citada norma procesal y el Manual Práctico de Inteligencia Criminal, dotará al Policía o Funcionario Investigador del Crimen Organizado, del conocimiento de las Técnicas de Investigación Policial y su encuadramiento en el marco jurídico -no podía ser de otra manera-, que dará vigencia legal a todas estas actividades de Investigaciones preliminares - esto es, Tareas de Inteligencia -, ejecutadas para aportar los elementos o pruebas indiciarias que otorguen identidad delictiva al hecho investigado.-

Las Policías donde sufrieron "reestructuraciones políticas", mantienen sus estructuras orgánicas intactas, es decir un Sub Jefe de Policía, que es el Comandante natural de la Fuerza, asistido por una Plana Mayor, que son los Jefes de las Direcciones.- Estas estructuras, son las respuestas Políticas Institucionales, generadas a través del Convenio Policial, para enfrentar el crecimiento del delito en el territorio nacional, así nacieron Unidades Operativas, como Robos y Hurtos, Seguridad Personal, Defraudaciones y Estafas, Toxicomanía, etc., que aún las hacen eficientes, aquí no hubo lugar para "Planes generados por iluminados de la teoría" y los resultados están a la vista.-

Fuente: Wikilearning

Europol y el Modelo europeo de inteligencia criminal: una respuesta no estatal a la delincuencia organizada

La UE no tiene competencias para dictar a sus Estados miembros cómo estructurar sus cuerpos policiales o actuar en materia de ley y orden. Más bien, los Gobiernos se valen de la UE para intentar lograr que policías y fiscales de toda Europa piensen y actúen de forma conjunta en la lucha contra la delincuencia organizada, que acuerden una acción común –en particular en la lucha contra el narcotráfico y la trata de personas– y que intenten aproximar la legislación penal de los distintos países. A pesar de las diferencias existentes entre los sistemas jurídicos europeos, la UE ha elaborado una serie de ideas innovadoras, aunque aún sin poner a prueba, que respetan las sensibilidades nacionales, entre ellas un modelo no estatal que aúna la inteligencia criminal de los distintos países para planificar operaciones conjuntas. Aún quedan cosas por hacer, especialmente ahondar en el papel que representarán órganos de la UE como Europol.

Análisis

Introducción
La delincuencia organizada transnacional supone una amenaza creciente en el mundo posterior a la guerra fría. Las oportunidades para operar de forma transfronteriza de que disfrutan los bajos fondos de la delincuencia se multiplican a medida que se va multiplicando también la disponibilidad de las tecnologías de la información y las comunicaciones, aumenta la movilidad de personas, bienes y servicios entre los distintos países y surge una economía globalizada. Actualmente, las bandas criminales venden armas, realizan contrabando de inmigrantes y trata de personas, trafican con droga y cometen fraudes en distintos países de todo el mundo.

Por ese motivo, la delincuencia organizada se ha convertido en un área prioritaria para la legislación comunitaria y para su agenda de Justicia e Interior (JAI), de está creciendo rápidamente. En 2004, los Estados miembros acordaron ampliar radicalmente las competencias de la UE en materia de delincuencia y actuación policial, dos cuestiones que afectan de lleno a la soberanía nacional. En las negociaciones sobre el Tratado Constitucional y el Tratado de Reforma de la UE, los Gobiernos acordaron renunciar al veto nacional en casos de decisiones sobre delincuencia y actuación policial, si bien el mantenimiento de la ley y el orden propiamente dicho seguirá siendo una cuestión estrictamente nacional. También acordaron dar más facilidades a la UE para iniciar legislación penal y armonizar los procedimientos judiciales de los distintos países.

La policía sobre el terreno de toda Europa, que inicialmente se mostró escéptica, ha pasado posteriormente a tener una visión más favorable de Europol, el cuerpo policial de la UE, y a considerar que puede llegar a constituir una vía útil de coordinación de la lucha contra la delincuencia organizada. En un mundo en que la delincuencia no respeta fronteras, se ha convencido de que una cooperación transfronteriza más proactiva puede reportar beneficios. “Haciendo de Europa un lugar más seguro, contribuimos a la seguridad de este país”, afirma un alto cargo de la Policía Metropolitana de Londres. “Nuestra seguridad no empieza exclusivamente dentro de nuestras fronteras, sino también en las Islas Griegas o la frontera finlandesa”.[1] Aun así, sigue quedando mucho por hacer. Los órganos de la UE se han ganado la aceptación de la comunidad policial y judicial europea, pero no su admiración universal. Europol no es aún un elemento indispensable de las investigaciones transfronterizas, en parte por graves problemas burocráticos que reducen su utilidad, motivo por el cual los Gobiernos están negociando una importante reforma de sus competencias básicas.

Estas delicadas reformas cuentan con apoyo nacional, ya que los Gobiernos consideran que la UE tiene importancia en sus esfuerzos por desmantelar y desbaratar lo peor de la delincuencia organizada y confiscar los activos financieros de las bandas. Los policías y jueces no pueden desmantelar por completo esas redes transfronterizas de delincuencia europea actuando sólo dentro de sus fronteras. Las bandas transnacionales cometen delitos en un país pero su cúpula y sus activos financieros a menudo permanecen escondidos y a buen recaudo en el extranjero (Informe de Europol sobre la valoración de las amenazas de 2006, p. 20). La cooperación policial y judicial entre la totalidad de los países europeos aún no está al nivel de la de los delincuentes. Aun así, la preocupación por la soberanía nacional y las diferencias culturales y jurídicas siguen limitando la eficacia de las investigaciones transfronterizas en materia de delincuencia organizada.

Cooperación policial en Europa
Los 1,2 millones de policías europeos operan de formas muy distintas, en ocasiones incompatibles. Dinamarca, Finlandia e Irlanda cuentan con un único servicio de policía nacional cada uno, centralizado a las órdenes de un “jefe” claramente designado. En el Reino Unido y los Países Bajos, en cambio, la policía está descentralizada: el Reino Unido, por ejemplo, cuenta con 50 cuerpos de policía distintos. En algunos países, la policía dispone de competencias de investigación independientes, mientras que en otros actúa a las órdenes de fiscales nacionales. Los policías que actúan a las órdenes de los fiscales tienden a reaccionar a la delincuencia, actuando sólo una vez que se ha cometido un delito, es decir, llevan a cabo poca labor de prevención. Esta diferencia de funciones implica que tanto los policías como los fiscales de los distintos países se dividen en dos bandos, proactivo y reactivo, al hablar de cómo combatir la delincuencia transnacional.

Los países también tienen distintas normas para iniciar investigaciones y reunir pruebas. Esta diferencia hace más difícil llevar a cabo investigaciones conjuntas sin problemas. En el Reino Unido, por ejemplo, no puede emplearse como prueba en un juicio información obtenida mediante escuchas telefónicas, pero la policía sí puede basarse, y de hecho lo hace, en grabaciones obtenidas de cámaras de seguridad de circuito cerrado. Por el contrario, Francia considera legal las escuchas, viéndolas compatibles con los derechos humanos, pero considera una intromisión mucho mayor la utilización indiscriminada de grabaciones de cámaras de seguridad. En algunos otros países europeos no se emplean este tipo de cámaras en lugares públicos; en Dinamarca, por ejemplo, la ley las prohíbe.

La policía puede llegar a sortear estas diferencias cuando colabora de manera informal con sus colegas extranjeros, pero tanto ellos como los tribunales siguen experimentando un amplio abanico de obstáculos para investigar y enjuiciar de forma transfronteriza. Si la policía requiere citaciones de testigos, órdenes para obligar a alguien a aportar pruebas, una orden de registro e incautación o una orden para congelar cuentas bancarias, puede que tenga que solicitar a un juzgado de otro país que las emita. Su principal herramienta para conseguirlo es el Convenio de asistencia judicial en materia penal del Consejo de Europa, de 1959, en virtud del cual los jueces aprueban peticiones de ayuda en investigaciones y enjuiciamientos procedentes del extranjero. En 2000, el Consejo de Europa actualizó el Convenio a fin de incluir las peticiones para poder realizar operaciones encubiertas en el extranjero, interceptar comunicaciones telefónicas y de Internet entre distintos países y llevar a cabo operaciones de vigilancia como las denominadas “entregas controladas” (en las que las autoridades vigilan en secreto delitos como el narcotráfico para destapar una red criminal).

Aun modificado, el Convenio del Consejo de Europa es demasiado complejo e inflexible como para proporcionar una base para la lucha moderna contra la delincuencia. Se están tardando años en ratificar las nuevas modificaciones y las solicitudes pueden tardar semanas, meses e incluso años en recibir una respuesta. El Reino Unido, por ejemplo, exige una información demasiado detallada a los países que presentan estas peticiones, mientras que la burocracia española puede llegar a traspapelarlas por completo (Informe Anual de Eurojust, año 2005, p. 46).

Más allá de las dificultades que plantea la cooperación judicial formal, los Gobiernos europeos se han esforzado por impulsar la cooperación operativa de la policía, sobre todo en el caso de los países que han eliminado los controles fronterizos entre ellos en la zona Schengen, integrada en la actualidad por 15 países: la “vieja” UE menos el Reino Unido e Irlanda y Noruega e Islandia (Suiza decidió en un referéndum celebrado en 2005 que se uniría pronto). De aquí a 2008, a excepción de Chipre, los países que se adhirieron a la UE en 2004 también pasarán a formar parte de esta zona.

Las fuerzas policiales de los países de la zona Schengen disponen de competencias adicionales para perseguir delitos de carácter transnacional. Por ejemplo, los policías neerlandeses pueden vigilar a sospechosos en Bélgica, con o sin notificación previa. Los policías italianos pueden seguir a un sospechoso de contrabando de drogas en ejercicio del derecho de “persecución transfronteriza” en Austria, hasta que llegue la policía local. Los policías de la zona Schengen también comparten información sobre sospechosos, coches y bienes robados mediante el Sistema de Información de Schengen (SIS), una base de datos policial de carácter multinacional. Aunque el Reino Unido e Irlanda optaron por mantener sus propios controles fronterizos, sí hacen uso de partes del Acuerdo de Schengen. El Reino Unido participa en operaciones transnacionales de vigilancia y se ha adscrito al SIS, al igual que Irlanda.

La policía de ciertas partes de la zona Schengen coopera todavía más estrechamente, gracias a un mosaico de acuerdos bilaterales y multilaterales. El mayor grado de sofisticación en las cooperaciones se produce cuando esos países comparten fronteras terrestres, disponen de sistemas jurídicos similares y se enfrentan a amenazas comunes de las mismas bandas organizadas o los mismos terroristas. Los policías de los países del Benelux se ayudan unos a otros en las labores policiales cotidianas e incluso disponen de normas comunes de capacitación y equipamiento. Antes del Mundial de la FIFA de 2006, Alemania y Austria firmaron un tratado por el que la policía de cada uno de esos países quedaba a las órdenes del otro cuando fuera necesario y que permitía a los policías de cada país llevar a cabo operaciones encubiertas en el territorio del otro sin ningún tipo de restricciones. Posteriormente, Alemania firmó un tratado similar con los Países Bajos. Los países nórdicos llevan años realizando patrullas conjuntas y compartiendo comisarías en regiones fronterizas escasamente pobladas, al igual que los españoles con sus homólogos franceses en los Pirineos.

Los jefes de policía de la UE colaboran en la lucha contra algunos de los líderes más notorios de la delincuencia organizada de Europa mediante la Unidad operativa de jefes de policía de la UE. Este órgano informal se reúne cuatro veces al año en las oficinas de Europol en La Haya y Bruselas y organiza con Europol e Interpol operaciones europeas conjuntas contra redes de delincuencia organizada. Al principio, eran solamente reuniones de debate para altos funcionarios europeos de la ley y el orden, pero en mayo de 2005 la Unidad empezó a llevar a cabo operaciones propiamente dichas con la Operación Callidus, encabezada por Suecia, una exitosa ofensiva a nivel de toda la UE contra la pornografía infantil en la que participaron cientos de policías de Suecia, el Reino Unido, Dinamarca, Francia, los Países Bajos, Malta, Noruega y Polonia.

Los jefes de policía de la UE organizan su trabajo designando equipos de policía multinacionales conforme a un sistema denominado COSPOL (Planificación Estratégica Operacional General de la Policía). Este sistema hace referencia sencillamente a cómo los jefes de policía dividen las responsabilidades para las distintas investigaciones. Cada investigación organizada con este sistema está dirigida por un “conductor”, un país directamente afectado por una red de delincuencia concreta y responsable de dirigir las operaciones destinadas a combatirla (Suecia, por ejemplo, fue el país conductor de la Operación Callidus y Polonia dirige las operaciones COSPOL contra la delincuencia de Europa del Este).

El papel de la UE
Los ministros de Justicia e Interior se reúnen actualmente en el Consejo de Ministros de la UE (o Consejo JAI) para tratar de reducir los vacíos legales entre las distintas legislaciones penales de los Estados miembros y acordar leyes y medidas prácticas para facilitar las investigaciones policiales transfronterizas. En la actualidad, los 27 Estados miembros de la UE tienen que acordar por unanimidad cualquier nueva medida. Los funcionarios elaboran nuevas propuestas en una red enormemente complicada de comités que conforman cuatro niveles distintos de toma de decisiones. En ellos se incluyen grupos de trabajo sobre cooperación policial, de aduanas y de justicia penal, así como el denominado “Grupo Multidisciplinar Delincuencia Organizada”, integrado por expertos nacionales en materia policial con competencias para evaluar métodos de lucha contra la delincuencia de toda la UE. Personal de la secretaría del Consejo y la Comisión Europa ayuda a elaborar los primeros proyectos de legislación y a evaluar acuerdos comunitarios previos. Dos de los comités más importantes son el COREPER, la poderosa agrupación de embajadores nacionales ante la UE, y un comité de funcionarios de alto nivel de los Ministerios de Justicia e Interior (denominado CATS, por su acrónimo en francés).[2]

Una gran parte de la labor del Consejo de Ministros en materia de justicia e interior tiene que ver con sustituir los lentos procedimientos establecidos por el Consejo de Europa para la cooperación policial y de justicia penal por unas normas comunitarias más rápidas y eficaces, como “órdenes” que aceleren la extradición de sospechosos y el intercambio de pruebas entre los distintos Estados miembros. Eurojust, una unidad de altos funcionarios de la fiscalía, la judicatura y la policía nombrados por los Estados miembros, ayuda a que estos acuerdos jurídicos funcionen en la práctica y coordina los enjuiciamientos de carácter multinacional en la UE. El número de casos que gestiona ha crecido con rapidez desde que empezó a funcionar en 2003: la unidad notificó un aumento del 31% en su carga de trabajo en 2006 y del 54% el año anterior (Informe Anual de Eurojust, 2006, p. 24).

Mientras que Eurojust se encarga fundamentalmente de los enjuiciamientos, Europol es el principal instrumento comunitario de apoyo a las investigaciones en materia de delincuencia organizada transnacional. Europol recaba y analiza información de inteligencia sobre diversos delitos, desde narcotráfico hasta falsificaciones y terrorismo. Su oficina se organiza mediante una estructura radial: todos los Estados miembros envían agentes de policía a su sede en La Haya, que actúan como radios, compartiendo información directamente con los demás policías y con un núcleo de analistas de Europol. Estos analistas rastrean el corpus común de inteligencia criminal europea en busca de vínculos y tendencias transnacionales que puedan haber sido pasados por alto por los cuerpos de policía nacionales o regionales, más centrados en lo que sucede en su propio terreno. Los funcionarios de Europol no pueden efectuar detenciones ni iniciar investigaciones, pero pueden ayudar durante las investigaciones y estar presentes durante los interrogatorios de sospechosos si se lo permiten los Estados miembros. Desde 1999, Europol se ha centrado en desarrollar la capacidad analítica necesaria para aportar valor añadido a las investigaciones nacionales.

En 2005, los ministros de Interior acordaron un “Modelo europeo de inteligencia criminal”, un plan no estatal de actividad policial para coordinar las investigaciones contra la delincuencia organizada en toda la UE conforme a un método denominado “actividad policial basada en el análisis de información”, una teoría de inspiración británica que hace hincapié en la recopilación de información de inteligencia y en dirigir los recursos policiales a combatir los peores criminales. La idea es conseguir que policías de distintos países planifiquen investigaciones conjuntas haciendo uso de la mejor información de inteligencia disponible. El Modelo establece cómo la UE puede conseguirlo asegurando una cooperación entre los cuerpos nacionales de policía, los analistas de inteligencia criminal de Europol y los jefes de policía en la lucha contra las mismas amenazas criminales.

El Modelo sigue diversos pasos. En primer lugar, los cuerpos policiales de los Estados miembros comparten inteligencia con Europol, que realiza una valoración general de la amenaza que plantea a la UE la delincuencia organizada. En base a esa evaluación, el Consejo de Ministros acuerda qué prioridades de ley y orden abordarán conjuntamente sus policías. Los jefes de policía de la UE organizan entonces operaciones conjuntas contra los delincuentes y posteriormente informan a Europol al respecto y acerca de la experiencia adquirida, a tiempo para que se realice la siguiente valoración de la amenaza.

Los Estados miembros de la UE probaron por primera vez esta nueva forma de colaboración en 2006. En base a la primera valoración de la amenaza realizada por Europol, los Gobiernos de la UE establecieron cuatro prioridades regionales en la lucha contra la delincuencia organizada en Europa: narcotráfico y trata de personas por parte de bandas africanas que operan en el Mediterráneo, narcotráfico de heroína y trata de mujeres desde los Balcanes por parte de bandas albanesas, contrabando de mercancías en la región del Mar Báltico y fabricación ilegal de drogas sintéticas en Bélgica, los Países Bajos, Alemania y el Reino Unido (ENFOPOL 30, pp. 1-3). Los primeros datos apuntan a que ni los Gobiernos ni la policía se toman lo suficientemente en serio este Modelo, aunque, en un principio, el establecimiento de Europol recibió la misma acogida. Y sin embargo, la adopción de un modelo comunitario para el mantenimiento de la ley y el orden supone un importante avance. Este Modelo es además un sutil intento de promover el uso de métodos policiales basados en el análisis de inteligencia en toda la UE.

En privado, los agentes de policía muestran su preocupación por el hecho de que ciertas iniciativas comunitarias estén más enfocadas a satisfacer motivaciones políticas que a dar respuesta a sus necesidades en materia de cooperación sobre el terreno. Está previsto que los policías organicen investigaciones COSPOL multinacionales haciendo uso de la legislación comunitaria para el establecimiento de equipos conjuntos de investigación, en virtud de la cual policías de varios países distintos tendrán competencias para trabajar en la misma investigación en equipo, prácticamente como si estuvieran trabajando en una única jurisdicción.

Los equipos conjuntos de investigación pueden llegar a convertirse en una herramienta innovadora en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, pero hasta la fecha la policía sólo ha creado un puñado de ellos (mayoritariamente para casos de narcotráfico, fraude y terrorismo) y ninguno de ellos compuesto por policías de más de dos países distintos. Los policías alegan que ello se debe a que el proceso para poner en marcha los equipos requiere demasiada burocracia y a que resulta difícil gestionarlos, por lo que prefieren hacer uso de los antiguos procedimientos del Consejo de Europa o recurrir a acuerdos informales. Los funcionarios de la UE responden a ello que estos equipos serán cada vez más comunes, y más ambiciosos, en cuanto la policía y los fiscales se acostumbren al nuevo sistema.
Reveses al intercambio de información
Europol depende totalmente de la inteligencia criminal que recibe de los Estados miembros, de forma que ha tenido que esforzarse mucho por demostrar que sus archivos pueden aportar un valor añadido a las investigaciones nacionales de delitos. Con su director actual, Max-Peter Ratzel, Europol está logrando convencer poco a poco a los Estados miembros de su potencial. Un alto cargo de la policía británica afirmaba: “Europol ha madurado. (…) Sus analistas entienden mejor lo que necesitamos de ellos y están empezando a producir los resultados deseados. Actualmente llevamos a cabo muchas operaciones a través de Europol”. Para empezar, más allá de la mejora de la labor de inteligencia, los policías afirman que el simple hecho de tener a funcionarios de los 27 Estados miembros de la UE en un mismo pasillo en La Haya supone un recurso sin precedentes en la cooperación policial cotidiana.

Aun así, aún siguen existiendo importantes problemas. Algunos Estados miembros siguen sin prestar a Europol apoyo suficiente y sistemático. En 2006, mientras que un Estado miembro aportó más de 500 páginas de inteligencia criminal a la primera evaluación de la amenaza planteada por la delincuencia organizada que llevó a cabo Europol, otro no aportó más que una. Algunos Estados miembros envían a Europol agentes de policía sin la autoridad necesaria en sus respectivos países para ayudar a sus colegas a resolver cuestiones transfronterizas. Esto plantea graves dificultades a la hora de establecer una base de confianza y reforzar la coordinación en las investigaciones internacionales, ya que los agentes no están seguros del nivel de cooperación que pueden esperar de sus homólogos extranjeros. El mismo problema inhibe el trabajo de Eurojust cuando los fiscales no tienen un nivel de competencias parecido. Por ejemplo, sólo algunos fiscales de Eurojust disponen de competencias básicas para emitir y activar peticiones formales de pruebas y autorizar entregas controladas, escuchas telefónicas u operaciones encubiertas.

La eficacia de Europol también se ve obstaculizada por su convenio constitutivo, que hizo de esta oficina un órgano difícil de manejar y que dificulta las acciones de su personal. Hasta las menores decisiones de su director requieren la aprobación unánime de los 27 Estados miembros de la UE representados en su consejo de administración. Además, en virtud del convenio, la policía ordinaria y los analistas de Europol sólo puede colaborar a través de los oficiales de enlace de La Haya, que operan mediante unidades especiales con sede en las capitales nacionales, lo cual puede llegar a conducir a una parálisis burocrática.

Los Estados miembros trataron de agilizar la burocracia de Europol modificando ese convenio una vez que el órgano comenzó a funcionar en 1999. Le añadieron nuevos protocolos que ponían a disposición de sus funcionarios procedimientos más sencillos para trabajar y que les conferían mayores competencias de investigación de actividades de blanqueo de dinero y de apoyo a investigaciones multinacionales sobre el terreno en curso. Pero puesto que esos cambios debían ser ratificados por todos los parlamentos nacionales de los Estados miembros, no entraron en vigor hasta transcurridos varios años, de ahí que los Estados miembros quieran deshacerse del antiguo convenio. Europol volverá a establecerse mediante legislación comunitaria que pueda modificarse con mayor facilidad en el futuro, como los acuerdos empleados para establecer Eurojust o Frontex, la Agencia de Fronteras de la UE.

Conforme a la nueva legislación, Europol dispondrá de mayores competencias de investigación para una mayor cantidad de delitos, será menos burocrática y dispondrá de mayor libertad para recabar inteligencia e información como datos de ADN. También informará, de forma anual, al Parlamento Europeo y mantendrá cierta comunicación con los parlamentos nacionales, aumentando así en cierto modo su rendición de cuentas. Estos cambios distan mucho de convertir a Europol en un organismo similar a la Oficina Federal de Investigación (FBI) estadounidense. En EEUU, los agentes del FBI tienen plenas competencias policiales para investigar más de 3.000 delitos federales. La UE no cuenta con un corpus semejante de leyes penales federales que permitan a Europol llevar a cabo ese tipo de actividad policial. De hecho, el “valor añadido” que Europol aporta a los cuerpos nacionales de policía quedaría destruido si la oficina se convirtiera en un competidor con competencias operativas. De ahí que, aun renovada, esta oficina no será capaz de efectuar detenciones ni iniciar investigaciones sin contar con la colaboración de los Estados miembros.

Esas reformas eran necesarias, pero no abordan el problema fundamental a que se enfrenta la cooperación europea en materia policial y judicial: los distintos papeles representados por los fiscales y la policía de los distintos Estados miembros. Tanto los representantes de Europol como los de Eurojust deben tener competencias equivalentes si se quiere que ambas organizaciones funcionen correctamente. La forma evidente de superar este problema sería fusionar estos dos órganos en un único órgano europeo de coordinación judicial y policial que incluyese también a la Unidad operativa de jefes de policía de la UE. Un único órgano podría contribuir a alcanzar un nivel uniforme de cooperación a nivel de toda la UE, independientemente de cuáles fueran las estructuras nacionales de mantenimiento de la ley y el orden, y también contribuiría a evitar que se duplicara el trabajo de recopilación y análisis de información de inteligencia y a asegurar una mejor transición desde la investigación hasta el enjuiciamiento en los casos de naturaleza transfronteriza. Está previsto que Eurojust y Europol empiecen a compartir instalaciones en 2009, una ocasión ideal para poner en marcha su fusión.

Conclusión: El objetivo de la cooperación comunitaria no debería ser centralizar la cooperación policial y judicial en órganos como Europol y Eurojust. Tampoco deberían quedar sujetas a procedimientos formales todas las formas de cooperación policial (una combinación de mecanismos formales e informales garantiza los mejores resultados), sino que, más bien, la UE debería convertirse en punto de enlace para el surgimiento de una nueva comunidad paneuropea de agentes de policía. En este sentido, las fuerzas de mantenimiento del orden tienen mucho que aprender de sus homólogos en aduanas. El hecho de que su trabajo siempre haya sido de carácter internacional ha hecho que la cooperación entre los agentes europeos de aduanas sea altamente sofisticada, especialmente en las esferas del intercambio de información, la evaluación conjunta de las amenazas y las incautaciones coordinadas de mercancías ilegales.

Los Gobiernos europeos están realizando una sólida inversión a largo plazo en cooperación policial y judicial transnacional para combatir la delincuencia organizada, algo que queda de manifiesto en su determinación de renunciar a los vetos nacionales para decisiones sobre delincuencia y actuación policial, reformar Europol y otros órganos y compartir cada vez más información en materia de mantenimiento de la ley y el orden por diversos canales. Sólo se conseguirá que esta inversión genere una rentabilidad si los Gobiernos logran conseguir que sus cuerpos policiales se tomen en serio el Modelo europeo de inteligencia criminal, un proceso que probablemente lleve varios años. Y una fusión de Europol, Eurojust y la Unidad operativa de jefes de policía de la UE supone una respuesta convincente para los persistentes problemas planteados por las diferencias en los sistemas jurídicos y las tradiciones de los distintos Estados miembros y el elevado riesgo de duplicación de los esfuerzos.


Fuente: Bitacora Almendron